Cláusulas Suelo – Retroactividad Total

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se ha pronunciado, en relación a la retroactividad total o desde el 9 de mayo de 2013, en concepto de lo cobrado de más por las conocidas cláusulas suelo o límite a la variabilidad del tipo de interés.

Ha venido a manifestar que corresponde la devolución total de lo percibido desde la firma de la hipoteca hasta la eliminación, en su caso, de la conocida cláusula que ponía un límite y que pese a caer los tipos de interés los hipotecados venían obligados a pagar un mínimo.

Los magistrados han discrepado a la limitación de la devolución de lo cobrado de más y dicen «la declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula».

Desde el Departamento Jurídico de este despacho de abogados en Las Palmas, le informamos que estamos a su disposición al objeto de comprobar la existencia en sus hipotecas de las citadas “cláusulas suelo” así como los Gastos de constitución de la hipoteca y otras cláusulas consideradas abusivas y en consecuencia, proceder al estudio de la viabilidad de una reclamación extrajudicial, y/o en su caso, una reclamación judicial.

A tal efecto, con el fin de poder estudiar la viabilidad o no de una reclamación a su entidad financiera, es necesario haga llegar al departamento jurídico, con el asunto “Cláusulas abusivas”, la siguiente documentación:

Copia de las Escrituras y el último recibo del préstamo abonado.

Una vez revisada la documentación, se le informará de la procedencia, o no de la reclamación y de los costes de la misma.