Los 10 errores más habituales en un divorcio (y cómo evitarlos)

Un divorcio o una separación no es solo el fin de una relación. Es un proceso jurídico que redefine la custodia de los hijos, el uso de la vivienda, las pensiones, el reparto de bienes y las obligaciones económicas durante años. Las decisiones que se toman en las primeras semanas suelen condicionar el resultado durante mucho tiempo.

En la práctica diaria de los juzgados de familia en Las Palmas, los problemas más graves no suelen nacer de la mala fe, sino de errores evitables: falta de asesoramiento adecuado, precipitación, documentación incompleta o desconocimiento de las reglas del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Estos fallos generan ejecuciones, modificaciones de medidas, conflictos prolongados y un desgaste emocional y económico innecesario.

En abogado Las Palmas recogemos los diez errores más frecuentes que se observan en los procedimientos de divorcio en Las Palmas. El objetivo es que puedas identificar los riesgos antes de que se consoliden y puedas actuar con información precisa.

Índice

  1. Firmar el convenio regulador con precipitación
  2. No fijar un plazo al uso de la vivienda familiar
  3. Elegir al profesional únicamente por el precio más bajo
  4. Confundir gastos ordinarios, extraordinarios y extraescolares
  5. Abandonar el domicilio familiar sin estrategia jurídica
  6. No documentar correctamente los gastos de los hijos
  7. Dejar sin liquidar el régimen económico o las deudas conjuntas
  8. Negociar o admitir hechos relevantes por WhatsApp o correo electrónico
  9. Retrasar el acceso a la vía judicial cuando no hay acuerdo
  10. No solicitar la pensión compensatoria cuando procede o no prever cambios futuros

1. Firmar el convenio regulador con precipitación

El deseo de “cerrar el capítulo” lleva a muchas personas a aceptar condiciones que luego resultan gravosas. El artículo 90.3 del Código Civil y el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permiten la modificación de medidas cuando cambian las circunstancias, pero no cuando simplemente se cambia de opinión o se descubre que el pacto era desfavorable.

La jurisprudencia exige un cambio cierto, relevante y no buscado de propósito. Firmar a la ligera un convenio incompleto o desequilibrado suele dejar al firmante sin remedio efectivo durante años.

Regla de oro: no firme ningún documento sin haber comprendido cada cláusula y sus consecuencias a cinco o diez años vista.

2. No fijar un plazo al uso de la vivienda familiar

El artículo 96 del Código Civil atribuye, en defecto de acuerdo, el uso de la vivienda familiar a los hijos menores y al progenitor en cuya compañía queden, hasta la mayoría de edad. En custodia compartida, sin embargo, la doctrina del Tribunal Supremo (entre otras, STS 783/2025, de 19 de mayo) exige que la atribución sea temporal y motivada. Los plazos habituales oscilan entre uno y tres años, valorando el interés más necesitado de protección y la titularidad del inmueble.

No establecer un límite temporal en el convenio o en la sentencia puede generar situaciones de uso indefinido muy difíciles de modificar después. Es recomendable vincular el uso a un hecho concreto (liquidación de gananciales, venta del inmueble, mayoría de edad del menor más joven o un plazo fijo) y regular quién asume los gastos de propiedad (IBI, comunidad, hipoteca) y de uso.

3. Buscar abogado divorcios en Las Palmas únicamente por el precio más bajo

El coste del procedimiento es un factor legítimo. Sin embargo, convertir el precio en el único criterio de selección es uno de los errores con peores consecuencias a medio y largo plazo.

Un abogado de familia Las Palmas no se limita a rellenar un formulario. Debe analizar la situación patrimonial, valorar la viabilidad de la custodia compartida, calcular de forma realista la pensión de alimentos, anticipar posibles ejecuciones y redactar un convenio que sea ejecutable y sostenible. La diferencia entre un convenio bien construido y uno deficiente se traduce, en muchos casos, en años de litigios posteriores.

El ahorro inicial de unos cientos de euros puede generar costes muy superiores cuando hay que modificar medidas, ejecutar impagos o resolver ambigüedades que el juez no puede interpretar a favor de quien firmó sin asesoramiento suficiente.

Recomendación práctica: priorice la especialización en Derecho de Familia y la experiencia acreditada en juzgados de su partido judicial frente a la oferta más económica. Contacta aquí con nuestros abogados en Las Palmas.

4. Confundir gastos ordinarios, extraordinarios y extraescolares

La distinción es esencial y genera gran conflictividad:

  • Gastos ordinarios: previsibles y periódicos (alimentación, vestido, vivienda, material escolar, libros de texto, matrícula, comedor habitual). Están incluidos en la pensión de alimentos.
  • Gastos extraordinarios: imprevisibles, no periódicos y necesarios (tratamientos médicos no cubiertos por la Seguridad Social, gafas, ortodoncia, intervenciones quirúrgicas). Se abonan normalmente al 50 %, salvo pacto o resolución distinta.
  • Gastos extraescolares: actividades no obligatorias (deportes, idiomas, campamentos). Solo son exigibles si se pactan expresamente o si el juez los considera necesarios y proporcionados.

No delimitar estas categorías en el convenio regulador obliga a las partes a discutir cada factura y genera incidentes de ejecución innecesarios.

5. Abandonar el domicilio familiar sin estrategia jurídica

Desde la reforma de 2005 no existe el delito de “abandono de hogar”. El artículo 105 del Código Civil permite salir del domicilio por causa razonable y presentar la demanda en el plazo de treinta días sin que ello se considere incumplimiento del deber de convivencia.

Sin embargo, la salida precipitada tiene efectos prácticos importantes. Si hay hijos menores, el juez valora la estabilidad residencial de cada progenitor. Abandonar la vivienda y establecerse en casa de familiares o en un piso compartido sin condiciones adecuadas puede debilitar una pretensión de custodia compartida o exclusiva.

Además, una vez que uno de los cónyuges deja de residir de forma efectiva, el domicilio se convierte en morada del que permanece. El acceso posterior sin consentimiento puede generar problemas, incluso penales, hasta que una resolución judicial atribuya el uso.

Consejo: si la convivencia resulta insostenible, salga, pero documente la situación, asegure una vivienda adecuada para los menores y presente la demanda o solicite medidas provisionales con la mayor celeridad posible.

6. No documentar correctamente los gastos de los hijos

La pensión de alimentos (artículos 142 y siguientes del Código Civil) cubre lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación. Su cuantía se fija en función de las necesidades de los hijos y de los medios económicos de ambos progenitores.

Muchos procedimientos se dilatan o se resuelven de forma desfavorable porque no se aporta documentación ordenada de gastos reales: recibos de colegio, material, actividades, gastos médicos no cubiertos, transporte, etc. Las tablas orientativas del Consejo General del Poder Judicial son solo una referencia; el juez necesita prueba concreta.

En custodia compartida también puede fijarse una pensión de alimentos si existe desequilibrio entre las capacidades económicas de los progenitores.

Qué debe prepararse: listado detallado de gastos ordinarios del último año, justificantes y, si es posible, una proyección razonable de los gastos futuros.

7. Dejar sin liquidar el régimen económico o las deudas conjuntas

En la mayor parte del territorio español, incluido Canarias, el régimen supletorio es el de gananciales (artículo 1316 del Código Civil). El divorcio disuelve el régimen, pero no liquida automáticamente los bienes ni las deudas.

Firmar el divorcio sin inventario completo, sin valoración de activos y pasivos, y sin abordar avales, cuentas conjuntas o hipotecas, mantiene a las partes vinculadas económicamente durante años. Las deudas siguen siendo solidarias frente a terceros aunque el convenio diga otra cosa entre los cónyuges.

La liquidación puede hacerse en el mismo procedimiento o en uno posterior, pero cuanto antes se aborde, menor es el riesgo de conflictos y de responsabilidades residuales.

8. Negociar o admitir hechos relevantes por WhatsApp o correo electrónico

Cualquier mensaje escrito puede ser aportado como prueba documental en el procedimiento. Afirmaciones sobre ingresos, acuerdos verbales, renuncias o valoraciones sobre el otro progenitor se convierten fácilmente en material de cargo.

Las conversaciones delicadas deben realizarse preferentemente de forma verbal o a través de los letrados. Si se utiliza el correo electrónico o WhatsApp, conviene mantener un tono neutro, factual y consciente de que el contenido puede ser exhibido ante el juez.

9. Retrasar el acceso a la vía judicial cuando no hay acuerdo

La mediación y la negociación son herramientas valiosas. Persistirse en ellas cuando la otra parte no muestra voluntad real de acuerdo solo alarga el conflicto y genera inseguridad jurídica.

Cuando no existe posibilidad de convenio, la demanda de divorcio contenciosa (artículos 770 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil) activa plazos, permite solicitar medidas provisionales y obliga a ambas partes a posicionarse. El juez puede impulsar un acercamiento, pero también resolverá si este no se produce.

La dilación voluntaria suele beneficiar a quien tiene menos urgencia económica o residencial y perjudica a quien necesita regularizar la situación de los hijos o de la vivienda.

10. No solicitar la pensión compensatoria cuando procede o no prever cambios futuros

La pensión compensatoria (artículo 97 del Código Civil) tiene por objeto corregir el desequilibrio económico que la separación o el divorcio produce en uno de los cónyuges. Debe solicitarse en el procedimiento. Si no se pide, se pierde el derecho.

Además, las medidas definitivas no son inmutables. Pérdida de empleo, aumento relevante de ingresos, cambio de residencia, mayoría de edad de los hijos o nuevas necesidades de estos pueden justificar una modificación. Dejar de pagar unilateralmente o ignorar la posibilidad de revisión genera ejecuciones y responsabilidades innecesarias.

Es aconsejable incluir en el convenio bases de actualización de las pensiones y, cuando sea posible, cláusulas que faciliten la revisión ante cambios objetivos.


Preguntas frecuentes

¿Es delito abandonar el domicilio familiar?
No. Desde 2005 no existe el delito de abandono de hogar. Sí puede existir el delito de abandono de familia (artículo 226 del Código Penal) si se desatienden las obligaciones económicas o de cuidado respecto de los hijos.

¿Se puede modificar un convenio regulador firmado hace poco?
Solo si se acredita un cambio de circunstancias relevante, sobrevenido y no buscado. El simple arrepentimiento no es suficiente.

¿Quién paga la hipoteca de la vivienda familiar?
La titularidad de la deuda no cambia por el divorcio. Ambos cónyuges siguen obligados frente al banco, salvo novación o subrogación. El convenio puede regular el reparto interno de la carga.

¿Los gastos de actividades extraescolares van incluidos en la pensión de alimentos?
Solo si se pactaron expresamente o si el juez los considera ordinarios por su carácter habitual y previsible. En la mayoría de los casos se tratan como extraordinarios o como gastos voluntarios que requieren acuerdo.

¿Qué ocurre con el uso de la vivienda familiar si se establece custodia compartida?
En custodia compartida no se aplica automáticamente el artículo 96.1 del Código Civil (uso hasta la mayoría de edad). La jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 783/2025, de 19 de mayo, y otras) exige que la atribución sea temporal y motivada, normalmente entre uno y tres años, valorando el interés más necesitado de protección y la titularidad del inmueble. Un plazo indefinido suele ser revocado.

¿Se puede dejar de pagar la pensión de alimentos si cambian las circunstancias económicas?
No. La obligación sigue vigente hasta que un juez la modifique. El impago unilateral puede generar ejecución de sentencia e incluso delito de abandono de familia (artículo 226 del Código Penal). La modificación se solicita mediante el procedimiento del artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil cuando exista un cambio cierto, relevante y no buscado de propósito.

¿Los gastos de actividades extraescolares requieren el consentimiento del otro progenitor?
Depende. Si se tratan como gastos extraordinarios no necesarios (clases de idiomas, deportes, campamentos), normalmente se exige acuerdo previo o autorización judicial. Si el convenio o la sentencia ya los incluyen o el juez los considera necesarios y proporcionados, se abonan en la proporción fijada (generalmente al 50 %).

¿Qué pasa con los animales de compañía en el divorcio?
Desde la reforma introducida por la Ley 17/2021, el artículo 90.1.b) bis del Código Civil obliga a regular en el convenio regulador el destino de los animales de compañía, el reparto de tiempos de convivencia y las costas asociadas a su cuidado (alimentación, veterinario, etc.). Si no hay acuerdo, el juez decide atendiendo al bienestar del animal y al interés de la familia.

¿Es obligatorio liquidar la sociedad de gananciales en el mismo procedimiento de divorcio?
No es obligatorio, pero es altamente recomendable. El divorcio disuelve el régimen económico (artículo 95 del Código Civil), pero no liquida automáticamente los bienes ni las deudas. Dejar la liquidación para más adelante mantiene a las partes vinculadas patrimonialmente y suele generar nuevos conflictos sobre valoraciones, reintegros y deudas solidarias frente a terceros.


Contactar abogado en Las Palmas especialista en divorcios

Un divorcio bien gestionado no elimina el dolor de la ruptura, pero sí reduce drásticamente los conflictos posteriores y protege el interés de los hijos y la estabilidad económica de ambas partes. Los errores descritos se repiten porque se toman decisiones bajo presión emocional o con información incompleta.

La mejor prevención es un asesoramiento especializado desde el primer momento, una documentación rigurosa y un convenio o una sentencia que anticipen los escenarios futuros en lugar de limitarse a resolver el presente.

Si se encuentra en una situación de ruptura o ya tiene un procedimiento en marcha, consulta aquí con nuestros abogados de familia para analizar su caso concreto. Una decisión informada hoy evita años de problemas mañana.

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