Contrato de trabajo: despido disciplinario
¿Puede el empresario despedir a un trabajador que desobedece o acude al centro de trabajo en estado de embriaguez habitual o toxicomanía?
¿Puede el empresario despedir a un trabajador que desobedece o acude al centro de trabajo en estado de embriaguez habitual o toxicomanía?
Consecuencias de la implantación obligatoria del registro horario. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía considera justificado el despido de un trabajador que fichaba por un compañero a la entrada y salida del trabajo.
La Constitución Española de 1978 establece:
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
El pasado 12 de mayo de 2019 el “Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo” modificó el sistema de registro del cómputo de horas efectivas de trabajo introduciendo, en el artículo 10 del citado Real Decreto Ley, una serie de medidas.
El día 12 de febrero de 2012, entró en vigor el Real-Decreto Ley 3/2012 de 10 de febrero de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, que principalmente tiene como objetivos frenar la destrucción del empleo, fomentar mecanismos de flexibilidad interna en las empresas, reconocer el derecho de los trabajadores a la formación y elevar las oportunidades de las personas desempleadas, especialmente jóvenes y parados de larga duración, y el apoyo a los autónomos y pymes, entre otros.